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Ve cómo regularizar Bitcoin y criptomonedas no declaradas

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Source: PortaldoBitcoin Título Original: Ve cómo regularizar Bitcoin y criptomonedas no declaradas Enlace original: El gobierno federal ha abierto un nuevo frente de regularización de patrimonio para brasileños que poseen bienes no declarados — y, esta vez, el enfoque recae de manera especial sobre quienes tienen Bitcoin y otras criptomonedas fuera del radar de la Receita Federal. La Ley 15.265/2025, publicada el 21 de noviembre, creó el Régimen Especial de Actualización y Regularización Patrimonial (Rearp), un programa que funciona como una especie de “amnistía fiscal controlada”.

El objetivo de esta ley es permitir que los contribuyentes actualicen el valor de sus bienes o regularicen activos mantenidos sin declaración oficial, incluyendo Bitcoin, stablecoins y otros criptoactivos, sean estos en exchanges extranjeros o incluso activos en autocustodia.

El tema ganó fuerza justamente en el momento en que Brasil endurece las reglas de reporte de cripto, alineándose con el estándar internacional de la OCDE. Con nuevos requisitos para las corretoras, incluidas las plataformas extranjeras, y un mayor cruce de datos del Banco Central y de la Receita, el riesgo para quienes permanecen omisos ha aumentado significativamente.

Es en este contexto que el Rearp surge como una alternativa como última oportunidad de regularización de los activos fuera de norma y para que los inversores eviten sanciones futuras — siempre que acepten pagar el impuesto definido y formalizar su posición.

Cómo funciona el Rearp

El programa permite dos movimientos distintos: la actualización del valor de bienes ya declarados y la regularización de patrimonios lícitos que nunca fueron informados al fisco. Para el inversor de criptomonedas, el punto más relevante es precisamente la segunda opción, que legaliza activos mantenidos en exchanges internacionales, carteras personales (como hardware wallets) o plataformas DeFi que jamás aparecieron en la declaración de impuesto sobre la renta.

Según las normas, el contribuyente debe informar el valor de mercado de los criptoactivos al 31 de diciembre de 2024, fecha base definida por la ley. Sobre este monto se aplica una tributación total del 30%, compuesta por un Impuesto sobre la Renta fijo del 15% sobre la ganancia de capital presunta y por una multa del 100% sobre el IR ( es decir, otros 15% sobre la ganancia ).

El Rearp tiene una validez de 90 días y comenzó a contar a partir de la publicación de la ley en el Diario Oficial, el 21 de noviembre de 2025. Es decir, el contribuyente tiene hasta el 19 de febrero de 2026 para beneficiarse de estas reglas y regularizar sus activos.

El gobierno afirma que, al adherirse al Rearp, el inversionista obtiene una especie de “perdón penal”: regulariza su situación, evita el riesgo de acusación por omisión o evasión y pasa a tener sus activos oficialmente reconocidos por la Receita Federal. La ley también permite el fraccionamiento en hasta 36 cuotas, lo que hace que el ajuste financiero sea menos pesado.

El programa ganó relevancia entre los especialistas porque llega en el mismo momento en que la Receita reforzó el monitoreo sobre las exchanges extranjeras, que ahora tendrán que reportar información de clientes brasileños. Esto significa que, por primera vez, los inversores que mantienen activos fuera del país bajo la creencia de que estarían “invisibles” al fisco pasan a estar directamente en el radar de las autoridades.

Ante este escenario, el Rearp se presenta como una oportunidad para quienes han acumulado Bitcoins u otras criptos en los últimos años y no han declarado, ya sea por desconocimiento o por creer que la fiscalización no alcanzaría activos digitales. El costo es elevado, pero los especialistas argumentan que puede ser menor que el riesgo de sanciones futuras.

Detalles principales del Rearp

Plazo de adhesión: 90 días a partir de la regulación del programa por la Receita Federal.

Base de cálculo: valor de mercado de los criptoactivos en 31/12/2024.

Tributación: 30% total, siendo 15% de Impuesto sobre la Renta + multa del 100% sobre el IR (es decir, más 15%).

Pago: posibilidad de pagar al contado o financiar en hasta 36 cuotas.

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