Según la noticia de Mars Finance, la agencia de noticias estatal de Bielorrusia informa que el presidente de Bielorrusia, Alexander Lukashenko, firmó la Orden No. 19 “Sobre algunas cuestiones de regulación en el campo de los bancos de criptomonedas y los tokens digitales”. La orden tiene como objetivo consolidar la imagen del país como líder en el campo de la tecnología de la información financiera y crear condiciones para que operen en el país los “bancos de criptomonedas”. Según la orden, los “bancos de criptomonedas” se definen como sociedades anónimas autorizadas a combinar el uso de tokens digitales para realizar negocios, y que también llevan a cabo operaciones bancarias, de pago y otras operaciones financieras relacionadas. Para ingresar al mercado, los bancos criptográficos deben tener la condición de empresas residentes en parques tecnológicos y estar incluidos en la lista de registro de bancos criptográficos del Banco Nacional. Al realizar sus operaciones, deben cumplir con los requisitos regulatorios aplicables a las instituciones financieras de crédito no bancarias y cumplir con las decisiones del consejo de supervisión del parque tecnológico.
Ver originales
Esta página puede contener contenido de terceros, que se proporciona únicamente con fines informativos (sin garantías ni declaraciones) y no debe considerarse como un respaldo por parte de Gate a las opiniones expresadas ni como asesoramiento financiero o profesional. Consulte el Descargo de responsabilidad para obtener más detalles.
El presidente de Bielorrusia firma un decreto que permite la creación de un banco de criptomonedas
Según la noticia de Mars Finance, la agencia de noticias estatal de Bielorrusia informa que el presidente de Bielorrusia, Alexander Lukashenko, firmó la Orden No. 19 “Sobre algunas cuestiones de regulación en el campo de los bancos de criptomonedas y los tokens digitales”. La orden tiene como objetivo consolidar la imagen del país como líder en el campo de la tecnología de la información financiera y crear condiciones para que operen en el país los “bancos de criptomonedas”. Según la orden, los “bancos de criptomonedas” se definen como sociedades anónimas autorizadas a combinar el uso de tokens digitales para realizar negocios, y que también llevan a cabo operaciones bancarias, de pago y otras operaciones financieras relacionadas. Para ingresar al mercado, los bancos criptográficos deben tener la condición de empresas residentes en parques tecnológicos y estar incluidos en la lista de registro de bancos criptográficos del Banco Nacional. Al realizar sus operaciones, deben cumplir con los requisitos regulatorios aplicables a las instituciones financieras de crédito no bancarias y cumplir con las decisiones del consejo de supervisión del parque tecnológico.